Traslado interno y externo
Los traslados internos y externos solo podrán realizarse entre carreras profesionales afines y por una sola vez.
Traslado interno
- Se acogen por única vez a esta modalidad, los alumnos de las diferentes carreras profesionales de la Universidad Nacional Federico Villarreal que postulen por una vacante.
Requisitos:
- a) La Carpeta de Admisión adquirida en el centro de venta autorizado, que contiene el Reglamento del Proceso de Admisión e instructivo de inscripción.
b) Pago por derecho de inscripción realizado en la entidad o unidad recaudadora.
c) Certificados originales de estudios que acrediten por lo menos haber aprobado 72 créditos o más, expedidos por la Oficina Central de Registros Académicos y Centro de Cómputo de la Universidad Nacional Federico Villarreal y/o Facultad, según sea el caso.
d) Boleta original de matrícula.
e) Copia simple del Documento Nacional de Identidad.
No tienen derecho a traslado interno:
a) Los que han concluido estudios profesionales en cualquiera de las Facultades de la Universidad Nacional Federico Villarreal.
b) Los que anteriormente obtuvieron una vacante por traslado interno.
c) Los que provengan de traslado externo.
d) Los que no cumplen con el requisito de haber aprobado por lo menos cuatro períodos lectivos semestrales completos o dos anuales o 72 créditos aprobados en la UNFV.
Traslado externo
- Se acogen por única vez a esta modalidad, los alumnos procedentes de otras universidades del país o del extranjero.
Requisitos:
a) La Carpeta de Admisión adquirida en el centro de venta autorizado, que contiene el Reglamento del Proceso de Admisión e instructivo de inscripción.
b) Pago por derecho de inscripción realizado en la entidad o unidad recaudadora.
c) Constancia original de ingreso de la universidad de procedencia.
d) Certificados originales de estudios de la universidad de procedencia que acrediten por lo menos haber aprobado 72 créditos o más.
e) Presentación de los sílabos de las asignaturas a convalidar; de no hacerlo, perderá el derecho a la convalidación.
f) Los estudiantes procedentes de universidades extranjeras presentarán los certificados de estudios certificados por el Consulado Peruano en el país donde fueron realizados dichos estudios y traducidos por el traductor oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
g) Constancia de no haber sido separado de la universidad de procedencia por medidas disciplinarias.
h) Certificado original del primero al quinto año de estudios secundarios. Los certificados de los egresados de instituciones educativas y de los Programas No Escolarizados (PRONOES), actualmente Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA), deberán estar visados por la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) o por la Dirección Regional de Educación, según sea el caso; o su equivalente para los postulantes extranjeros (traducidos por traductor oficial).
i) Copia de Documento Nacional de Identidad (DNI). Si el postulante es extranjero, presentará copia legalizada del pasaporte o carné de extranjería.
- No acceden a traslado externo los postulantes con estudios de la modalidad de educación a distancia.